Hoy día contamos con herramientas que nos permiten, a partir de un texto o de la voz de una locución, trazar el perfil lingüístico o verbal de quien lo ha producido: su edad, su formación cultural, su clase social, su procedencia geográfica, sus hábitos verbales, su ideología, la emotividad subyacente, etc. Y esta información puede resultar fundamental para identificar al autor de un anónimo o determinar la intencionalidad profunda de un texto o de una locución (amenaza, extorsión, coacción, enaltecimiento del terrorismo, etc.).
En efecto, se puede identificar al autor de un texto anónimo, siempre que contemos con otros textos de los posibles candidatos a la autoría, con los que confrontar el texto anónimo. Además, en el caso de que ese texto haya sido producido en colaboración entre varios autores, se puede establecer en qué grado se ha producido la mencionada colaboración, siempre que contemos con textos identificados de esos autores.
¿Se puede determinar si un determinado texto ha sido escrito por una persona ajena a quien lo firma?
Así es. Se puede determinarse que un texto no ha sido escrito por quien lo firma siempre y cuando tengamos otros textos de autoría cierta de esa persona con los que establecer comparación.
Así es. Hoy en día disponemos de herramientas que nos permiten determinar, con un grado de probabilidad muy alto, si un documento ha sido escrito por una única persona o si por el contrario hay huellas lingüísticas de varias personas (lo que indicaría o bien que hay una autoría compartida o bien que su autor se ha aprovechado de textos ajenos. Así, podemos detectar, por ejemplo, si un determinado documento ha sido sustancialmente alterado por una mano ajena a la que lo respalda con su firma.
Efectivamente, se puede identificar a una persona por su voz, siempre y cuando dispongamos de otras locuciones producidas por esa persona, con las que establecer comparación (grabaciones, llamadas telefónicas, mensajes de voz, etc.).
Por supuesto. La comparación de dos textos permite determinar si son originales e independientes entre sí o si, por el contrario, uno ha copiado intencionadamente la forma y/o el contenido del otro.
Sí, se puede determinar la direccionalidad del plagio y establecer cuál es el texto original y cuál el texto plagiario.
Sí. El análisis contrastivo del nombre, eslogan, símbolo o logotipo de dos marcas permite establecer si ambas son originales o si hay algún tipo de copia ilícita o uso indebido en la explotación comercial de alguna de ellas.
Sí. Es posible desambiguar un texto o una locución y establecer, entre varias interpretaciones posibles, la correcta. Esto es especialmente útil en textos legales o jurídico-administrativos (leyes, estatutos, testamentos, poderes notariales, contratos de seguros o de compra-ventas, etc.) que pueden colocar a los usuarios en situaciones de indefensión.
Desde luego. Se puede determinar, desde el punto de vista lingüístico, la intencionalidad de un comentario o post en una red social; y establecer, por ejemplo, si es una forma de humor u ironía (admisibles en la libre expresión de una opinión), o si, por el contrario, es un vehículo para ofender, amenazar, coaccionar, incitar al odio o la violencia, enaltecer el terrorismo, etc.
Se calcula que entre un 35 y un 40% de las llamadas de emergencia son falsas; por ello es tan importante poder conocer con prontitud los signos y evidencias de certeza o falsedad en tales llamadas. Y algo parecido ocurre con las llamadas o notas de extorsión en casos de secuestro exprés. Elementos como el tono de la voz (suave, baja, impostada, etc.), el registro expresivo (obsceno, agresivo, normal, etc.), el acento, la conducta (agresiva, histérica, irónica, etc.) o los ruidos de fondo, entre otros, pueden ser analizados para esta finalidad.
Así es. Existen rasgos para determinar la falsedad de una declaración dada en sede policial o judicial, descubrir ambigüedades, contradicciones o incoherencias e incluso detectar ciertas manipulaciones derivadas de su posterior transcripción. Para todos estos casos ayuda, sin duda alguna, disponer de otros textos o locuciones del supuesto autor, con los cuales establecer comparación.
En efecto. Se puede determinar si un determinado cuestionario (escrito) o interrogatorio (oral) está compuesto, o no, por preguntas sugestivas, capciosas, ambiguas, impertinentes, irrelevantes, abiertas, cerradas, etc., orientadas a la desacreditación del interrogado o a su confusión.
En efecto. La Lingüística forense permite determinar documentos con contenidos engañosos o sujetos a interpretaciones ambiguas (contratos, pólizas de seguro, etc.).
En efecto. Existen recursos para determinar, de una manera objetiva y cuantificable, si ciertos mensajes publicitarios contienen expresiones ambiguas o confusas que puedan ser interpretadas en un sentido que no se corresponde con la realidad; si ocultan información importante o la disimulan en letra pequeña o en letra móvil; o si estimulan al comprador, por ejemplo, a precipitar su toma de decisiones. De este modo, podemos ayudar tanto a las empresas a redactar su publicidad y a elaborar manuales de uso (código ético), pero también podemos ayudar a los consumidores afectados por esta práctica (argumentarlo de defensa).
Claro que sí. Existen recursos para determinar el grado de legibilidad o comprensibilidad de las etiquetas de productos alimenticios -acordes con las directrices europeas del REGLAMENTO UE 1169/2011 art. 2.2.m; art. 5.3.1 y 13.1-, así como si la información cumple, o no, la normativa de claridad, tanto en las especificaciones como en la ubicación de la información y en el resto de características reglamentadas (el tamaño mínimo obligatorio de la fuente, el contraste, el fondo y lugar donde debe indicarse la información, etc.). Y, de igual modo, para determinar el grado de legibilidad o comprensibilidad y la claridad de los prospectos de medicamentos y productos farmacéuticos.
En efecto, existen recursos para medir tanto la legibilidad o comprensibilidad de un texto dado como el nivel de comprensión lectora de un individuo. Es especialmente útil en textos destinados a ciertas minorías sociales, inmigrantes o personas con discapacidad, entre otros.
Así es. Hoy en día podemos medir tanto el grado de compresión que una determinada persona posee de una lengua como el grado de legibilidad o comprensibilidad de un texto concreto; y, en consecuencia, determinar con total objetividad si dicho texto puede ser exactamente comprendido, o no, por esa persona.
Efectivamente. La Lingüística forense permite determinar si un individuo ha actuado de un determinado modo por voluntad propia o porque no ha entendido o interpretado bien el contenido de una ley, una norma, una citación judicial, una sentencia, etc., bien por desconocimiento del idioma o falta de competencia lingüística, bien por analfabetismo, dislexia, disfasia, etc.
Sí. Gracias a los recursos lingüísticos existentes, podemos establecer la edad y el nivel escolar requerido para que un determinado texto sea comprendido en su totalidad.